Nuestra jurisdicción es conocida por sus políticas de impuestos favorables para las entidades uruguayas que operan fuera del país. Sin embargo, en ciertas circunstancias resulta más eficiente estructurar las transacciones usando compañías extranjeras, y nuestra firma ha estado involucrada en un importante número de operaciones donde sociedades comerciales de otras jurisdicciones tales como Panamá, Islas Caimán, las Islas Vírgenes Británicas, España, Holanda, Suiza o Luxemburgo, fueron usadas para minimizar las obligaciones tributarias.


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